Reparto vía drones y la normativa española

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El uso de drones esta más cerca de lo que nos imaginamos. Desde que dejaron de ser de uso exclusivo militar, para muchos se ha convertido en una auténtica revolución. Muchas empresas, se plantean poner en marcha este sistema, que les permitirá abaratar costes y recortar drásticamente los tiempos de entrega. 

Ha sido tanta la fuerza con la que estos aparatos han irrumpido en nuestra vida cotidiana que incluso se ha tenido que regular su uso, tanto del dron como del piloto que lo controla, con el objetivo de controlar la cuestiones de privacidad y áreas de vuelo permitidas. En España, la nueva normativa estipula que lo vuelen mayores de edad, con una autorización brindada por la ANAC, y prohibe volar drones sin registro previo. Aunque también aclara que de estos requisitos quedan excluidos  «los vehículos pequeños, de hasta 10 kilos de peso vació» con fines deportivos o recreativos.

Eso sí, varias fuentes apuntan a que el Gobierno modificará la ley después del verano flexibilizando el uso de drones a nivel comercial, algo que necesitará Currus&Co para activar su sistema de reparto de pan a domicilio por medio de drones y convertirse así en la primera panadería del mundo en ofrecer este tipo de servicios.

 

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