El Tribuna de Justicia de la Unión Europea se opone al sistema financiación del canon digital.

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Desde 2012 se carga en los Presupuestos Generales del Estado el importe del canon digital, anteriormente aplicado en los soportes digitales. Hoy día 9 de Junnio, el TJUE ha fallado oponiéndose a este sistema.

 

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Esta decisión fue promovida por el Tribunal Superior, ya que Egeda, Dama y Vegap, tres sociedades de gestión de derechos, habían denunciado este Real Decreto tras comprobar que el Gobierno limitaba las compensaciones.

La sentencia, no se opone al canon, si no a su cargo en los Presupestos Generales, ya que esta vía de financiación no se asegura que el coste de la compensación recaiga sobre los usuarios de copias privadas (pagan de la misma manera personas físicas, como personas jurídicas) ni existe un mecanismo que permita solicitar la exención de contribuir a financiar este canon ni para solicitar la devolución del mismo.

El canon surge en 1992, cuando se comienza a gravar el precio de los CDs y DVDs en medida de compensación por los derechos de autor. Desde 2011 se comenzó a preparar su última ampliación promovida por el Partido Popular, que entró en vigor en 2012 y que hace cargo de estos importes directamente a los PGE.

Tras esta oposición, es el turno del Tribunal Supremo, que deberá decidir cómo se aplicará este canon para que las personas jurídicas no contribuyan o puedan solicitar la devolución del mismo, ajustándose de este modo a las directivas de la UE, como hacen ya Estonia, Finlandia y Noruega.

Imagen de portada: Flickr Kozumel

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